¿Qué ocurre con los contratos laborales en un concurso de acreedores?

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El concurso y su impacto en las relaciones laborales

Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, las consecuencias no solo afectan a los acreedores financieros o comerciales, sino también —y de forma directa— a sus trabajadores. Los contratos laborales, las nóminas pendientes, los despidos y las indemnizaciones pasan a estar sujetos a las normas del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) y del Estatuto de los Trabajadores (ET), bajo la supervisión del juez del concurso y la administración concursal.

El objetivo es proteger los derechos laborales de los empleados sin poner en peligro la viabilidad del negocio ni el orden de prelación entre los acreedores. En este equilibrio se encuentra uno de los aspectos más delicados de cualquier procedimiento concursal.

Marco normativo aplicable

Los aspectos laborales en el concurso se rigen principalmente por:

  • El Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), en sus artículos 182 a 189, que regulan específicamente los efectos del concurso sobre los contratos de trabajo.
  • El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), especialmente los artículos relativos a modificaciones sustanciales, suspensiones y extinciones de contratos.
  • Y, de manera indirecta, la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, que define la competencia de los tribunales laborales frente a los jueces de lo mercantil en estos supuestos.

En la práctica, cuando se declara un concurso, el juez de lo mercantil asume competencias laborales parciales, especialmente sobre los procedimientos colectivos (como los EREs concursales o las suspensiones de plantilla), mientras que los asuntos individuales (como reclamaciones salariales o despidos improcedentes) suelen seguir siendo competencia de los juzgados de lo social.

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Efectos del concurso sobre los contratos laborales

1. Continuidad o extinción de los contratos tras la declaración del concurso

Cuando se declara un concurso de acreedores, la regla general es que los contratos de trabajo continúan vigentes. El auto de declaración no implica por sí mismo la extinción de las relaciones laborales. Sin embargo, puede haber cambios importantes en la gestión, pagos o condiciones laborales.

A partir de ese momento:

  • La empresa puede seguir funcionando bajo la supervisión de la administración concursal (si hay intervención).
  • O bien, si las facultades del empresario quedan suspendidas, será la administración concursal quien asuma directamente la gestión laboral, incluida la toma de decisiones sobre despidos, suspensiones o modificaciones.

El objetivo es mantener la actividad y conservar el empleo siempre que sea viable, pues la continuidad de la empresa puede generar más valor para los acreedores que una liquidación inmediata.

2. Modificación, suspensión o extinción de contratos

En función de la situación económica y del plan de viabilidad, pueden darse tres escenarios:

a) Modificación sustancial de las condiciones laborales

La empresa en concurso puede solicitar al juez del concurso modificar horarios, salarios, turnos o sistema de trabajo para asegurar la continuidad.
Estas modificaciones deben justificarse en razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y se aplican tras la autorización judicial.

b) Suspensión de contratos (ERTE concursal)

Si la empresa no puede asumir temporalmente el pago de salarios, puede solicitar la suspensión de los contratos de trabajo.
Durante este tiempo, los empleados no prestan servicios, pero se encuentran en situación legal de desempleo y pueden percibir prestaciones del SEPE.
Esta suspensión debe ser aprobada por el juez del concurso tras escuchar a la administración concursal y a los representantes de los trabajadores.

c) Extinción de contratos (ERE concursal)

Cuando la viabilidad de la empresa es inviable o el plan de liquidación lo exige, se tramita un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el seno del concurso.
El juez mercantil autoriza los despidos colectivos, y la administración concursal es la encargada de gestionarlos.
Las indemnizaciones por despido se reconocen como créditos contra la masa o créditos concursales, según el momento en que se generen.

3. Prioridad de los créditos laborales

Los créditos laborales gozan de un régimen preferente dentro del concurso:

  • Los salarios de los últimos 30 días de trabajo previos a la declaración del concurso, hasta el doble del salario mínimo interprofesional, se consideran créditos contra la masa (tienen prioridad absoluta de cobro).
  • El resto de los salarios e indemnizaciones son créditos con privilegio general, colocándose por delante de la mayoría de los acreedores ordinarios.

En caso de que la empresa no pueda satisfacerlos, interviene el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que asume parte de las deudas salariales e indemnizatorias dentro de los límites legales.

documentación

Liquidación, extinción y asesoramiento profesional

1. ¿Qué ocurre con los trabajadores en la fase de liquidación?

Cuando la empresa en concurso entra en fase de liquidación, se pone fin a la actividad empresarial y, con ello, a las relaciones laborales vigentes.
En este punto:

  • Se extinguen todos los contratos de trabajo.
  • Las indemnizaciones y salarios pendientes se incluyen en la masa pasiva del concurso, clasificándose según el orden de prelación legal.
  • La administración concursal liquida los bienes y derechos del deudor, destinando los ingresos al pago de los créditos laborales y demás acreedores.

El juez aprueba un plan de liquidación, que puede incluir el mantenimiento temporal de algunos trabajadores si ello facilita la venta de unidades productivas o la continuidad parcial del negocio.

2. Venta de unidad productiva y subrogación de contratos

Una de las fórmulas más habituales en los concursos de empresas es la venta de la unidad productiva, que permite transferir activos, contratos y empleados a un nuevo titular.

En estos casos, el comprador puede quedar subrogado en los derechos y obligaciones laborales de los trabajadores, lo que garantiza la continuidad del empleo.
Esta subrogación debe ser aprobada por el juez del concurso y supervisada por la administración concursal, asegurando que no se vulneran los derechos laborales ni se eluden deudas salariales.

3. Intervención del FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) juega un papel esencial cuando la empresa concursada no puede asumir los pagos laborales.

El organismo abona:

  • Salarios pendientes de los últimos 120 días, con un máximo diario legalmente establecido.
  • Indemnizaciones por despido derivadas del ERE concursal o la liquidación, con un tope de 30 días por año trabajado y límite máximo de una anualidad.

El FOGASA se convierte, posteriormente, en acreedor del concurso por las cantidades abonadas.

4. Por qué es fundamental contar con asesoramiento especializado

Tanto para la empresa concursada como para los trabajadores, la fase laboral del concurso es especialmente sensible.
Una gestión inadecuada puede generar conflictos, impugnaciones o responsabilidades adicionales para los administradores.

Contar con un despacho especializado permite:

  • Identificar las mejores alternativas (modificación, suspensión o liquidación).
  • Negociar con los representantes de los trabajadores y organismos públicos.
  • Asegurar el cumplimiento de los procedimientos y plazos legales.
  • Evitar sanciones y calificaciones de concurso culpable por decisiones empresariales erróneas.

Polaris Abogados: expertos en materia concursal y laboral

En Polaris Abogados, combinamos nuestra experiencia en Derecho Concursal y Derecho Laboral para asistir tanto a empresas como a trabajadores en todas las fases del concurso.

Nuestro equipo analiza la situación económica y laboral de cada cliente para:

  • Diseñar estrategias de continuidad o liquidación eficientes.
  • Gestionar EREs o ERTEs concursales con rigor jurídico.
  • Asistir en la reclamación y cobro de créditos laborales.
  • Coordinar la intervención del FOGASA y la comunicación con los juzgados mercantiles.

Ya sea para proteger los intereses de la empresa o garantizar los derechos de los trabajadores, ofrecemos una gestión profesional, transparente y ajustada a la ley.